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La Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) introduce la obligación de informar de forma gradual:
• A partir de 2025 (para el ejercicio 2024): grandes empresas cotizadas, entidades de crédito y aseguradoras con >500 empleados (empresas NFRD).
• A partir de 2026 (para el ejercicio 2025): todas las demás grandes empresas que cumplan 2 de 3 criterios:
o Total del balance > 20 Mio. €
o Volumen de negocio neto > 40 Mio. €
o Más de 250 empleados
• A partir de 2027 (para el ejercicio 2026): pymes cotizadas (posible opt-out hasta 2028).
• A partir de 2029 (para el ejercicio 2028): empresas de terceros países con >150 Mio. € de facturación en la UE y al menos una filial o establecimiento permanente.
La Directiva de la UE 2022/2464 (“Directiva Ómnibus”) es el paquete legislativo que reforma la anterior Directiva de RSC (2014/95/UE) e introduce la CSRD. Al mismo tiempo, también se adaptan la Directiva contable y la Directiva de auditoría.
• CSRD = ley que establece la obligación de informar.
• ESRS = European Sustainability Reporting Standards vinculantes, que regulan de forma concreta qué debe informarse.
• ESG = ámbitos temáticos Environment, Social, Governance, que se cubren en el contenido.
Contenidos obligatorios según ESRS:
• Modelo de negocio en el contexto de la sostenibilidad
• Análisis de temas materiales (doble materialidad)
• Estrategia, objetivos y medidas
• Gobernanza y responsabilidades
• Indicadores de rendimiento (KPIs) sobre medioambiente, aspectos sociales y gobierno corporativo
La doble materialidad garantiza que las empresas presenten de forma transparente tanto sus impactos en el medioambiente y la sociedad como los riesgos y oportunidades para su propio negocio. Combina dos perspectivas del análisis de materialidad:
- Inside-Out (Impact Materiality): ¿Qué impacto tiene la empresa en el medioambiente, el clima y la sociedad?
- Outside-In (Financial Materiality): ¿Qué impacto tienen los temas de sostenibilidad (p. ej., cambio climático, riesgos en la cadena de suministro, precios de la energía) en la situación financiera y la viabilidad futura de la empresa?
Solo los temas que se clasifiquen como materiales en una o ambas perspectivas deben informarse en el informe de sostenibilidad conforme a la CSRD.
Sí. Con la introducción de la CSRD se aplica una obligación de verificación:
• Por verificadores independientes (p. ej., auditores)
• Actualmente con “limited assurance” (verificación limitada)
• Previsiblemente más adelante una verificación más estricta (reasonable assurance)
Directamente: solo a partir de 2027 para pymes cotizadas.
Indirectamente: ya desde ahora, porque las grandes empresas preguntan a sus proveedores por datos ESG. Quien esté preparado se asegura ventajas competitivas.
1. Análisis de brechas: ¿dónde estamos en comparación con los requisitos de la CSRD?
2. Plan de proyecto: hitos, responsabilidades, calendario.
3. Organización: aclarar responsabilidades dentro de la empresa.
No: una gestión de la sostenibilidad bien implantada ofrece claras ventajas:
• Mejor acceso a capital (bancos e inversores se fijan en ESG)
• Mejor gestión de riesgos (más resiliente ante crisis)
• Reducción de costes mediante eficiencia energética y de recursos
• Refuerzo de la marca y del atractivo como empleador